Suspendida la reforma pensional

La Corte Constitucional devolvió a la Cámara de Representantes la Reforma Pensional (Ley 2381 de 2024), para que surta último debate.

Por vicios en el trámite, la Sala Plena de la Corte Constitucional, ordenó a la Cámara de Representantes repetir la última votación del proyecto de ley. Esto implica que la reforma pensional no entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2025 como estaba planeado.

¿Cuál es el vicio que debe subsanarse?

Para la Corte, el trámite adolece de vicios al no haberse discutido y votado debidamente la proposición de algunos Representantes, entre ellos, María del Mar Pizarro y Cristóbal Caicedo, de acoger en su integridad el texto de la reforma aprobado por el Senado. 

¿Qué sigue? 

La Cámara de Representantes tiene ahora un plazo de 30 días para subsanar el trámite y repetir la votación. Este plazo que contará a partir del momento en que inicien las sesiones extraordinarias, cuya convocatoria ya fue anunciada por el Gobierno Nacional, teniendo en cuenta que el periodo de sesiones ordinarias terminó el pasado 20 de junio.

Cumplida la orden, el Presidente de la Cámara de Representantes deberá enviar un informe a la Corte Constitucional para que esta se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley. 

¿Cuándo entrará en vigencia la Ley?

De acuerdo con el auto de la Corte Constitucional, la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 estará suspendida «hasta el día hábil siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad de dicha ley«. Al respecto, es importante mencionar que existen más de 40 demandas de inconstitucionalidad en contra de la reforma pensional, algunas por vicios en el trámite que podrían subsanarse con la nueva votación.